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09 de Septiembre de 2010  
 
 

No es necesario reglamentar

No debería ser objeto de habilitación el alquiler temporario de una vivienda, ya que, a tales efectos, no hay diferencia entre el alquiler temporario y el alquiler tradicional. ¿Por qué una vivienda tiene que estar regulada y las otras no, si en todas ellas van a vivir personas -argentinas o extranjeras- con los mismos derechos y las mismas obligaciones? La única diferencia sustancial entre un alquiler tradicional y uno temporario es el plazo. ¿Por qué esa sola distinción puede traer aparejada semejante diferencia en el tratamiento legal que se le da a uno y a otro negocio? Habiendo normas que protegen suficientemente al turista/consumidor, a los vecinos y al Fisco, ¿por qué regular en forma diferenciada y tanto más gravosa a una actividad perfectamente válida, expresamente reconocida por la ley, que genera y promueve el empleo, una saludable competencia y amplía la oferta y variedad de viviendas que se ponen a disposición de quienes las necesitan?

21/08/2009 por AAPIAT

En forma reiterada el electorado de la Ciudad de Buenos Aires se ha manifestado mayoritariamente, en ocasión de los sucesivos comicios, a favor de propuestas políticas que rescatan el pleno respeto por la propiedad privada y por el rol subsidiario del estado en el supuesto caso de intervención en el proceso económico.
En ese contexto ha surgido un proyecto legislativo tendiente a reglamentar la actividad de la locación temporaria de inmuebles con destino a vivienda.
Ese afán reglamentario e intervencionista del estado en la actividad privada no tiene justificativo alguno atento la forma, alcance y modalidad en la que se desarrolla el mercado de las locaciones temporarias de viviendas.
Ese mercado que lejos de estar constituido por un universo de 35.000 unidades se encuentra compuesto por no más de 7.000 unidades, según el relevamiento estadístico efectuado por la Asociación Argentina de Propietarios de Inmuebles de Alquiler Temporario (AAPIAT), resulta poco significativo frente al total de la capacidad de alojamiento turístico con el que cuenta la Ciudad, no siendo de magnitud suficiente como para evitar la evolución y crecimiento de la oferta hotelera, extremo que resulta de público y notorio conocimiento atento el crecimiento que evidencia aquella actividad en la ciudad.
El mercado en cuestión y cuya regulación se persigue no resulta conflictivo ni es generador de preocupación social alguna al punto que no registra litigiosidad que pudiese justificar la intervención estatal que se persigue con el proyecto en cuestión.
Asimismo los propietarios, actores fundamentales del mercado referido y muy probablemente electores de la expresión política referida más arriba, son un universo compuesto mayormente por sectores medios de la población que cuentan con alguna vivienda que por razones operativas y de rentabilidad le resulta más conveniente destinarla a la locación temporaria que a la locación tradicional. Dichos propietarios se encuentran obligados, por todo el plexo normativo, a cumplir con las normas impositivas y fiscales que se originan en razón de la locación, de modo tal que no se trata de un sector de economía informal sino de una actividad que tributa sus impuestos sin que resultase necesario la creación de nuevas figuras como las pretendidas en el proyecto de marras.
Por otro lado no existe competencia desleal alguna entre el alquiler temporario y la actividad hotelera dado que el perfil de usuario de cada uno de ellos es totalmente diverso.

En definitiva, y salvo por la existencia de espurios intereses no explicitados y probablemente tendientes a beneficiar a los sectores hoteleros en desmedro de ciudadanos comunes que locan departamentos como un modo de obtener un beneficio absolutamente lícito, no se advierte razón alguna como para que el estado se involucre mediante reglamentaciones distorsivas en un mercado que funciona correctamente.
Llama poderosamente la atención que el proyecto en cuestión provenga de una expresión política que propugna la libertad de comercio y el respeto por la propiedad privada extremos que se ven innecesariamente comprometidos con ese proyecto y que justamente tome estado público mientras en el Senado de la Nación se debate un proyecto, originado en el oficialismo nacional, que aborda hasta aniquilar la reglamentación de las locaciones urbanas.
En definitiva desde expresiones ideológicas contrapuestas resulta sorprendente que se pretenda generar regulaciones que sólo provocarán distorsiones en mercados que no necesitan más normas que las ya existentes.

Etiquetado como ley de la oferta y la demanda agencias inmobiliarias demanda por departamentos temporarios

 

 
 
 
 
 
 
 
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